martes, 14 de septiembre de 2010

La “Corporación” minera y el Congreso Nacional

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Por Juan Carlos Villalonga

Director de Campañas

Greenpeace Argentina

 

Existe en la Argentina un nuevo conglomerado de intereses económicos y políticos asociados a la minería y que ha salido a la luz a partir del debate abierto en el Congreso Nacional por la “Ley de Glaciares”. No es una novedad que este tipo de corporaciones y grupos económicos con el poder político asociado a ellos, ejerzan presión sobre el Congreso para promover determinadas normas o para frenarlas. Pero pocas veces se ha visto una oposición tan poderosa, proveniente de un sector económico, a la sanción de una ley de carácter ambiental como es en el caso de la “Ley de Glaciares”. Basta con repasar lo sucedido en los últimos tres años con el tratamiento y la dilatada sanción del proyecto de “Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección de los Glaciares y del Ambiente Periglacial” para medir el poderío de este nuevo sector que presiona cada vez más fuerte por proteger sus intereses. 

Es bastante lógico que un sector económico empresarial procure sostener aquellas normas que lo benefician, que rechacen cualquier límite que se pretenda imponer a su actividad o se oponga a nuevas leyes que signifiquen mayores exigencias a su negocio. El problema aparece cuando, como en el caso de glaciares, una enorme cantidad de funcionarios públicos asociados, de un modo u otro, a esa actividad económica operan fuertemente en su defensa. Peor aún es ver como sucumben, ante esa presión, instituciones públicas como el Congreso de la Nación.

La minería tal como la conocemos hoy es una actividad que comenzó a desplegarse a una escala gigantesca en el último tiempo. Durante los últimos 10 años entraron en producción 7 de los 8 mayores emprendimientos mineros (Bajo de la Alumbrera, Catamarca, inició su producción en 1997), mientras se cuentan otros 4 grandes proyectos para los próximos 5 años. A esto se deben sumar decenas de explotaciones de menor porte. Entre 1998 y 2009, la participación de la minería en el PBI dio un salto del 1,5 al 4,5% y se espera que siga en aumento en los próximos años.

La aparición en escena de esta actividad coloca a la Argentina frente a nuevos desafíos y riesgos ambientales. Si bien muchos de estos riesgos fueron anunciados en las etapas iniciales de este proceso, es hoy cuando se han tornado evidentes ante la sociedad. Por ello es necesario que frente a este nuevo escenario, se procure adecuar el marco jurídico del país a la nueva realidad. La “Ley de Glaciares” es un paso en ese sentido. Nunca antes se había desarrollado minería de estas características a más de 4.000 metros de altura. Es por ello que la aparición de la explotación minera en sitios en los que existen glaciares de alta montaña exige que se establezcan mínimos criterios de ordenamiento territorial en la Cordillera de los Andes para preservar estos ecosistemas del avance de los emprendimientos mineros.

Esta ley de ningún modo implicará un cese en las inversiones mineras. No lo podría hacer nunca. Sólo tiene efectos sobre una pequeña área en la zona de cordillera. Sin embargo, la corporación minera interpreta que la Ley de Glaciares es un “recorte” que puede convertirse en un primer paso para modificar el actual régimen minero. No hay otra explicación al conjunto de argumentos realmente disparatados que se utilizan para expresar la oposición a la norma; argumentos que no guardan relación con el texto en discusión. Sólo así se explica la alianza en oposición a la ley que establecieron empresas y políticos de diferentes provincias en donde las actividades mineras muy difícilmente se desarrollen sobre glaciares.

La “Ley de Glaciares” es una respuesta sensata a una nueva realidad que hoy vive Argentina. Es mentira que esta ley pone fin a las inversiones mineras, es mentira que obligará a las provincias a cerrar emprendimientos. Ello sólo sucederá si tales explotaciones se desarrollan en áreas de glaciares o sobre áreas con formaciones de hielo que actúan como reguladoras de cuencas hídricas. De lo que se trata en cuestión y, tal como lo establece la Ley General del Ambiente, es de ir generando, poco a poco, los criterios básicos de ordenamiento en el uso del territorio nacional. Un criterio básico, por ejemplo, es que la actividad minera no puede realizarse a expensas de los glaciares y de las actividades y poblaciones que se desarrollan gracias a las funciones que este ecosistema cumple.

Recientemente un grupo de gobernadores cordilleranos que priorizan la actividad minera por encima de cualquier restricción ambiental, firmaron una “declaración de rebeldía” ante cualquier intento de sanción de leyes de Presupuesto Mínimos. En el documento, los mandatarios provinciales declararon que la “Ley General del Ambiente” es legislación suficiente, ya que esa norma delega en las provincias la evaluación de impacto ambiental de las actividades que puedan afectar a sus recursos. A partir de ello, los Gobernadores plantean que ya no hay nada más que legislar en materia ambiental en el territorio nacional. Sin embargo y, de manera contradictoria, los “rebeldes” decidieron ignorar concientemente que la propia “Ley General del Ambiente” establece al “ordenamiento ambiental del territorio” como el primero de los instrumentos de la política y gestión ambiental. La Ley entiende que ese ordenamiento ambiental desarrollará la estructura de funcionamiento global del territorio de la Nación por medio de mecanismos que exceden la orbita de cada provincia y, al mismo tiempo, uno de los criterios que señala la norma para desarrollar el mencionado ordenamiento es la “conservación y protección de ecosistemas significativos”: la “Ley de Glaciares” intenta exactamente eso.

Somos testigos de un nuevo capítulo de la lucha desigual entre aquellos que intentan poner límites a la destrucción de los ecosistemas y las corporaciones económicas que avanzan sobre los recursos. No hace mucho, un debate similar se desarrolló en el Congreso Nacional en torno a una ley que debía ponerle límites a la expansión agropecuaria sobre los últimos bosques nativos. Ahora es la minería sobre los glaciares. Sólo el Estado a través de sus instituciones, como el Congreso, puede definir qué es lo que debe prevalecer. En las próximas semanas se sabrá si tenemos un Congreso capaz de legislar coherentemente de acuerdo con las propias normas que ha sancionado recientemente o sucumbe a la corporación minera. 


 


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